Diferencias entre ticket y factura
Publicado el 26 de junio, 2018
7 min
El Real Decreto 1619/2012 establece qué es un ticket o factura simplificada y qué es una factura completa, indica quién debe emitir cada una y en qué casos. Los empresarios y profesionales deben saber cómo y cuándo usarlas. Por un lado, el ticket se usa para operaciones menores o en sectores autorizados. Por el otro, la factura se utiliza para transacciones entre empresas o personas con derecho a deducción del IVA. Con la implantación progresiva de la factura electrónica y el sistema Verifactu, toda la facturación deberá adaptarse a software homologado. Así, te aseguras su validez fiscal y su cumplimiento con las obligaciones en todo el territorio español.
En el día a día de cualquier negocio o actividad profesional en España, la correcta emisión de documentos de facturación es, por un lado, una obligación legal. Por otro, una herramienta clave para llevar un control ordenado de las operaciones. Sin embargo, aún es frecuente que surjan dudas sobre las diferencias entre un ticket y una factura. Por esta razón, en este artículo, contamos cuándo se puede utilizar cada uno y qué requisitos debe cumplir según la normativa vigente. Así, ofrece una guía clara y actualizada, basada en el Real Decreto 1619/2012 y en la legislación fiscal, para que puedas identificar y utilizar correctamente cada documento.
Comprender estas diferencias evita sanciones y errores contables. Además, asegura que las empresas, autónomos y consumidores puedan ejercer sus derechos fiscales, como la deducción del IVA o la correcta justificación de gastos. La información que encontrarás aquí te permitirá adaptar tus procesos de facturación a la ley, optimizar la gestión documental y anticiparte a los cambios normativos recientes. Es el caso de la implantación de la factura electrónica y el sistema Verifactu, que marcarán el futuro de la facturación en España.
¿Qué es un ticket o factura simplificada?
Desde el 1 de enero de 2013, lo que comúnmente llamamos ticket es una factura simplificada. Su definición legal la encontramos en el artículo 4 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Es la norma que aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Así, ese precepto establece bajo qué condiciones se pueden emitir esas facturas simplificadas y el artículo 7 de dicha norma describe los requisitos formales que han de cumplir.
Por tanto, el ticket es un documento que, a diferencia de la factura completa, solo incluye los datos básicos del emisor y una descripción de la operación. Sin embargo, no hay obligación de consignar los datos completos del cliente salvo que este los solicite expresamente.
Contenido mínimo de una factura simplificada
Según el artículo 7 del RD 1619/2012, el ticket debe contener:
- Número y serie de la factura simplificada.
- Fecha de expedición y, si es distinta, la fecha de la operación.
- Identificación del emisor: Nombre o razón social y NIF.
- Descripción de los bienes o servicios
- Tipo impositivo aplicado o mención de “IVA incluido”.
- Importe total a pagar.
Cuando el cliente es empresario o profesional y lo solicita, también se deben añadir su NIF, domicilio y la cuota de IVA desglosada. En estos casos, este documento ya se acerca a una factura completa.
Cuándo se puede emitir un ticket
El artículo 4 del RD 1619/2012 autoriza la emisión de tickets en dos casos:
- Operaciones cuyo importe no exceda de 400 euros IVA incluido.
- Operaciones en determinados sectores, como hostelería, transporte de personas, peluquerías o aparcamientos, incluso, si el importe llega a 3000 euros con el IVA incluido.
¿Qué es una factura?
En el contexto español, la factura ordinaria o completa es el documento mercantil y fiscal que acredita la entrega de bienes o la prestación de servicios. Además, refleja toda la información necesaria para que la operación tenga plena validez ante la Agencia Tributaria.
Su regulación se encuentra en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012. Define el contenido obligatorio de la factura completa.
Contenido mínimo de una factura completa
Según la norma, la factura debe incluir:
- Número y serie de la factura.
- Fecha de expedición y, si es distinta, fecha de realización de la operación.
- Datos del emisor: Nombre o razón social, NIF y domicilio.
- Datos del destinatario: Nombre o razón social, NIF y domicilio.
- Descripción detallada de los bienes entregados o servicios prestados.
- Tipo impositivo aplicable: Nos referimos al IVA u otros impuestos y, en su caso, las exenciones legales.
- Base imponible de la operación.
- Cuota tributaria calculada a partir de la base imponible y el tipo impositivo.
- Importe total de la operación.
- En operaciones intracomunitarias o especiales, las menciones fiscales obligatorias. Por ejemplo, “inversión del sujeto pasivo”.
Obligación de emitir factura completa
El artículo 2 del RD 1619/2012 establece que todos los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de esta por cada entrega de bienes o prestación de servicios que realicen. Se exceptúan los casos en los que la norma permita la factura simplificada.
La factura ordinaria es imprescindible cuando el destinatario es otro empresario o profesional. También lo es cuando el cliente solicita un documento válido para la deducción del IVA y la contabilización del gasto.
Principales diferencias entre un ticket y una factura
Existen diferencias entre un ticket y una factura que resultan decisivas tanto para el tratamiento fiscal como para su uso administrativo.
Destino del documento
El ticket se emite, sobre todo, al consumidor final cuando la operación no supera 400 € con el IVA incluido o cuando pertenece a ciertos sectores autorizados. Por ejemplo, hostelería, transporte, aparcamientos, peluquería, etc. Eso sí, no ha de superar 3.000 € con el IVA incluido.
Por su parte, la factura completa está destinada a empresas y autónomos o a cualquier cliente que la solicite para fines fiscales. Su expedición es obligatoria en operaciones B2B o cuando se requiera la deducción del IVA.
Contenido
El ticket solo incorpora datos básicos del emisor, esto es, nombre o razón social, NIF y domicilio. Además, incluye fecha, descripción de la operación, tipo impositivo y precio total. No requiere los datos del cliente salvo que este lo pida.
En el caso de la factura, incorpora a todo lo anterior los datos completos del receptor, esto es, nombre o razón social, NIF y domicilio. También hace el desglose de la base imponible, tipos impositivos y cuotas tributarias.
Validez fiscal
Un ticket no da derecho a deducir el IVA. Solo permite registrar el gasto a efectos de IRPF en determinados casos, según el artículo 97 Ley del IVA, interpretado junto con RD 1619/2012.
Por el contrario, la factura completa proporciona pleno derecho a la deducción del IVA e IRPF. Eso sí, siempre que cumpla los requisitos formales y materiales establecidos por la normativa fiscal.
¿Ticket y factura simplificada son lo mismo en España?
Sí. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1619/2012, el término ticket desapareció oficialmente del lenguaje legal y fue sustituido por “factura simplificada”.
Como hemos dicho, este cambio se recoge expresamente en el artículo 4 del reglamento, que regula en qué casos puede emitirse una factura simplificada, y en el artículo 7, que detalla su contenido mínimo.
En la práctica, ambos conceptos describen el mismo tipo de documento:
- Un justificante de venta con requisitos formales más reducidos que la factura ordinaria.
- Dirigido generalmente al consumidor final.
- Usado en operaciones de importe reducido o en sectores autorizados por la normativa.
La principal diferencia es que el término ticket era de uso coloquial y habitual en el comercio y la hostelería antes de 2013. Sin embargo, la factura simplificada es la denominación oficial y reconocida por la Agencia Tributaria.
En consecuencia, cuando hoy hablamos de diferencias entre ticket y una factura simplificada, lo que estamos comparando realmente es la misma figura documental con su denominación antigua frente a la actual.
Digitalización e innovación en la facturación: Verifactu y normativas recientes
Dos normas relevantes actualizan el panorama normativo:
- Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece): Establece la obligatoriedad progresiva de la factura electrónica para transacciones entre empresas y autónomos (B2B). Las grandes empresas estarán obligadas a cumplir a partir de 2026, mientras que el resto dispondrá de un plazo adicional para implantar un software de facturación homologado.
- Real Decreto 1007/2023 y Real Decreto 254/2025 (“Verifactu”): Exigen que los programas de facturación generen registros seguros y trazables. Incorporan un código QR tributario y, en la modalidad Verifactu, la leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”.
Conocer con precisión las diferencias entre un ticket y una factura es fundamental para cumplir con la normativa española, optimizar la gestión administrativa y evitar problemas fiscales. Mientras que el ticket o factura simplificada, resulta útil para operaciones rápidas y de menor importe, la factura completa es imprescindible para operaciones entre empresas o profesionales y para ejercer derechos como la deducción del IVA. Con la llegada de la factura electrónica y el sistema Verifactu, adaptarse a estos requisitos es obligatorio. También es una oportunidad para digitalizar y profesionalizar la gestión documental de cualquier negocio. Con Cegid Contasimple, gestiona tus tickets y facturas de forma fácil, acordes con la normativa vigente y preparado para la factura electrónica.