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¿Hay que declarar Bizum en Hacienda? Guía fiscal para autónomos y empresas

Publicado el 3 de julio, 2025

8 min

¿Hay que declarar los bizum o no? Es más, ¿es legal utilizar Bizum para empresa o autónomo? Dar cuenta de los bizum a Hacienda es obligatorio en 2025 y también lo será en 2026. El Real Decreto 253/2025, que entra en vigor el 1 de enero de 2026, aclara bien todas las dudas. Obligará a bancos y plataformas a informar mensualmente a la Agencia Tributaria de todos los movimientos financieros. Así pues, conviene tener las cosas muy claras para evitar problemas con la administración recaudatoria. 

Pagar a través del teléfono se ha convertido en una forma de pago o cobro popular, rápida y cómoda entre particulares y también es muy útil el Bizum para autónomos y empresas. Al quedar reflejado el movimiento en nuestra cuenta bancaria es posible dar un uso al Bizum profesional. Aun así, al ser un medio novedoso, genera dudas entre los usuarios sobre la relación de nuestros movimientos de Bizum y Hacienda 

En esta guía fiscal, te explicamos cuándo y cómo hay que declarar los bizum, qué controles aplica la Agencia Tributaria, y cómo adaptar tu actividad para cumplir con la normativa. En este sentido, especial atención dedicamos a la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025. Si eres autónomo o gestionas una empresa o simplemente un particular que usa con frecuencia esta herramienta, esto te interesa.  

¿Tienen que declarar los bizum los particulares?

No hay obligación de declarar los bizum ocasionales entre particulares, siempre que no haya ánimo de lucro ni superen los 10.000 euros al año. Sin embargo, si son frecuentes los movimientos o transacciones porque desempeñes una actividad económica o ganancia patrimonial, como por ejemplo, el cobro de alquileres, has de declararlos, sea cual sea su importe.

¿Puedes cobrar por Bizum siendo autónomo?

Sí, es perfectamente legal cobrar por Bizum. Facilita un método de pago más como lo puede ser una transferencia bancaria o un TPV. Sin embargo, hay que declarar los bizum. Todo lo que cobres a través de ellos por tu actividad profesional debes declarararlo y respaldarlo por una factura válida

¿Qué requisitos debes cumplir?

Para cobrar por bizum debes seguir una serie de condiciones:

  • Emitir factura: Como en cualquier otro caso. Por tanto, ha de ser una factura para cada cobro con todos los datos fiscales obligatorios, esto es, NIF, descripción, IVA, IRPF si es el caso, etc.
  • Incluirlo en la contabilidad: Debes anotarlo en tu libro de ingresos como cualquier otro cobro. En consecuencia, también deberás reflejarlo en los modelos tributarios trimestrales.
  • Separa tu vida personal de la profesional: Para evitar malentendidos con Hacienda, es importante que tengas un número de teléfono y una cuenta bancaria para uso profesional y otra, personal.
  • Declara los ingresos en el IRPF: Lo cobrado por Bizum se suma a tus rendimientos de actividad económica.

¿Controla Hacienda el bizum?

De momento, Bizum no da cuenta de cada operación individualmente. Sin embargo, en la actualidad, los bancos deben informar cuando registran movimientos superiores a 10.000 euros anuales.

No obstante, a partir del 1 de enero de 2026, con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, la cosa cambia. Esta norma obliga a las entidades financieras a informar mensualmente de todos los cobros por Bizum efectuados por autónomos y empresas, al margen de su importe.

¿Qué ocurre si no declaras los bizum a Hacienda?

Si recibes bizums de clientes y no los declaras, se te abren tres escenarios posibles y los tres son sanciones:

  • Multa a partir de 600 euros.
  • Posible sanción del 50 al 150 % de importe no declarado.
  • Recargos por demora.
  • Si se superan los 120.000 euros no declarados, pueden considerarlo, además, delito fiscal y conlleva penas de prisión.

¿Cómo declarar los bizums como autónomo?

Hay que declarar los bizum en los modelos fiscales que uses habitualmente según el régimen al que estés acogido:

  • Trimestralmente:
    • Modelo 303: Si estás obligado a declarar el IVA, debes incluir el bizum en la base imponible del trimestre en cuestión.
    • Modelo 130: Si te acoges a la estimación directa y no te retienen el IRPF, has de declarar el ingreso bruto.
  • Anualmente:
    • Modelo 390: Es un resumen del IVA declarado durante todo el ejercicio. Se presenta en enero del año siguiente a dicho ejercicio.
    • Modelo 100: Es la declaración de la renta que solemos presentar en mayo o junio. Debes incluir los bizum en Hacienda como rendimientos de tu actividad económica.

En el caso de que factures a empresas o a otros profesionales y aplicas la retención de IRPF, tienes que declarar esa retención también:

  • Trimestralmente: Debes utilizar el modelo 111.
  • Anualmente: Se usa el modelo 190 a modo de resumen anual de retenciones.

¿Qué controla Hacienda sobre los pagos por Bizum?

Aunque algunos autónomos piensen que no es así, lo cierto es que Hacienda sí controla los pagos por Bizum. Esto es así, especialmente, cuando se trata de ingresos no declarados, importes elevados o cobros recurrentes.

Importe total de operaciones

Hacienda controla si la totalidad de tus movimientos anuales por Bizum supera los 10.000 euros. En la actualidad, a partir de esa cantidad, los bancos están obligados a informar automáticamente a la Agencia Tributaria mediante el modelo 196.

Cobros recurrentes o sospechosos

A pesar de no superar los 10.000 euros, Hacienda también tiene la posibilidad de detectar cobros frecuentes o periódicos con un patrón comercial. Por ejemplo, en el concepto puede aparecer los términos “consulta”, “asesoría”, “pago”, “venta”, etc. Si son muchos, es probable que se alce alguna alerta en el caso de no declararlos.

Desajustes fiscales

En el caso de que declares pocos ingresos, pero por contra, recibes muchos bizums, es factible que la Agencia Tributaria te abra una inspección o te haga un requerimiento. Piensa que también tiene la capacidad de comparar tu actividad económica con tu volumen de cobros digitales.

¿Cómo obtiene la Agencia Tributaria esta información?

En la actualidad, los bancos están obligados a informar de los siguientes eventos:

  • Cuentas con movimientos superiores a los 10.000 euros al año.
  • Ingresos mayores de 3.000 euros en efectivo.
  • Operaciones sospechosas de fraude o blanqueo de capitales.

A partir de enero de 2026, con el Real Decreto 253/2025, la Agencia Tributaria podrá recibir la siguiente información:

  • Informes mensuales de cobros por Bizum de autónomos y empresas.
  • Datos relevantes como la fecha y hora del pago, el importe, la identidad del emisor y receptor con su teléfono, IBAN y DNI, y concepto utilizado en el pago.

En consecuencia, el control será bastante más preciso y frecuente, incluso, en el caso de que las cuantías de los cobros sean pequeñas. Por lo tanto, será impensable no declarar los bizum salvo que desees arriesgarte a ser sancionado.

¿Se puede tener Bizum en dos bancos como autónomo?

La respuesta es algo compleja. Se puede tener Bizum en dos bancos, pero solo puedes vincular un número de teléfono a una cuenta Bizum principal a la vez. Te lo explicamos brevemente en los siguientes dos puntos:

  • Solo puedes activar un Bizum asociado a una cuenta con un número de teléfono y no con dos a la vez.
  • Si necesitas usar activar Bizum en otra cuenta con ese mismo número de teléfono, tendrás que migrar la cuenta principal.

¿Qué puede hacer un autónomo para solucionar el problema?

Dispones de tres opciones para utilizar un Bizum de empresa y particular:

  1. Contar con dos móviles con dos números diferentes. Así, podrás separar tu esfera privada de la profesional. El primero estaría vinculado a tu cuenta personal y en el segundo, tendrías tu Bizum de empresa vinculado a tu cuenta bancaria como autónomo. Es la opción más recomendable para separar los dos tipos de ingresos.
  2. Dispones de un número telefónico y dos cuentas bancarias. En la app del banco, puedes cambiar la cuenta vinculada al Bizum. Así, solo una estará activa en cada caso. El problema es que si necesitas recibir varios bizum de empresa y particulares, debes alternar manualmente la activación. No es cómodo si lo vas a tener que hacer con frecuencia y sería fácil cometer un error.
  3. Usar Bizum como medio de pago desde varios bancos. Algunos bancos permiten enviar bizums desde varias cuentas, aunque tu número de teléfono solo lo tengas vinculado a una. Esta posibilidad hace verdaderamente útil a Bizum para empresa. Sin embargo, para recibir bizums solo funciona la cuenta principal.

¿Qué es el Real Decreto 253/2025?

Es una modificación del Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria, aprobado por el Real Decreto 1065/2007. Los cambios que propone busca reforzar el control de Hacienda sobre las cuentas bancarias y actualizarse a los medios de pago digitales, como Bizum, aunque no es el único afectado. También afecta a las tarjetas y plataformas extranjeras.

Su entrada en vigor está programada para el 1 de enero de 2026 y supone un gran cambio en la vigilancia de los movimientos financieros. Esto es especialmente relevante para autónomos, empresas y particulares con actividades económicas recurrentes.

¿Cómo obtendrá la Agencia Tributaria la información?

La facilitarán los bancos y las entidades financieras, quienes deberán remitir con carácter mensual toda la información a Hacienda. Esa información también se amplía e incluye lo siguiente:

  • Todos los movimientos bancarios de cuentas corrientes, de ahorro, digitales, etc.
  • Cobros y pagos con tarjetas físicas, virtuales y de prepago.
  • Cobros por Bizum profesional y particular, TPV y resto de sistemas digitales de cualquier importe.
  • Cuentas en plataformas extranjeras, como Revolut, N26 o Wise, entre otros.
  • Importe, titular, cuenta, número de terminal o comercio, fecha, etc.

Por tanto, no se trata solo de Bizum y Hacienda. En realidad, el control se extiende a todo tipo de transacción dineraria.

Otras novedades que tener en cuenta

Como ya hemos dicho, los emisores de tarjetas deben entregar un informe anual sobre operaciones. Sin embargo, quedan excluidas las tarjetas con menos de 25.000 euros en cargos o abonos anuales ni los 5.000 euros de saldo medio.

Esta novedad es importante porque muchos particulares y autónomos utilizan tarjetas prepago o virtuales, como las vinculadas a Paypal, Revolut o tarjetas monedero, con los siguientes fines:

  • Realizar compras o pagos sin dejar rastros claros.
  • Recibir ingresos al margen de su cuenta principal.
  • Operar con plataformas extranjeras.

Por tanto, esta nueva obligación cierra esa posibilidad y permite a Hacienda:

  • Vigilar ingresos no declarados
  • Relacionar tarjetas con cuentas digitales o ingresos no fiscalizados.
  • Cruzar datos con declaraciones de IRPF, IVA, impuesto de sociedades, etc.

Bizum ha dejado de ser un canal de pago informal o invisible para autónomos y empresas. Con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, Hacienda tendrá acceso directo y mensual a todos los cobros realizados a través de Bizum, sin importar su importe. Esto obliga a los profesionales a llevar una contabilidad clara, separar sus cuentas personales de las profesionales y declarar todos los ingresos percibidos, incluidos los que llegan por Bizum. Adaptarse a esta nueva realidad fiscal no solo es una cuestión de deber legal, sino también para evitar sanciones y asegurar una gestión financiera transparente.

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