¿Cuáles son las facturas exentas de IVA en España en 2025?
Publicado el 25 de enero, 2021
6 min
En España, algunas facturas quedan exentas de IVA según la Ley 37/1992. Esto implica que la operación está dentro del impuesto, pero no repercute cuota. Esta situación afecta a autónomos y empresas que prestan servicios sanitarios, educativos, financieros, de seguros, exportaciones o entregas intracomunitarias, además de operaciones en Canarias sujetas al IGIC. La correcta identificación de estas facturas es clave para facturar adecuadamente, reflejarlas en el modelo 303 y evitar errores contables o fiscales. Herramientas como Contasimple facilitan esta gestión al automatizar la emisión de facturas exentas y simplificar el control tributario.
En el día a día de autónomos y empresas, la correcta gestión del IVA es clave para evitar sanciones y cumplir con las obligaciones fiscales. Sin embargo, no todas las operaciones generan este impuesto, lo que puede generar dudas sobre cuándo incluirlo en una factura y cuándo no. Este artículo explica de forma clara y práctica cómo es la factura exenta de IVA en España en 2025. Para ello, nos basamos en la Ley 37/1992 y en las directrices de la Agencia Tributaria, con ejemplos concretos y pautas de facturación que te ayudarán a emitir tus facturas correctamente.
Conocer qué operaciones están exentas o no sujetas al IVA no solo facilita el cumplimiento normativo, sino que también aporta seguridad en la gestión contable y financiera. Además, permite preparar adecuadamente las declaraciones trimestrales mediante el modelo 303. Asimismo, ayuda a distinguir situaciones especiales como las facturas intracomunitarias o las que se emiten en Canarias bajo el IGIC. En definitiva, dominar este tema te ayudará a ahorrar tiempo, evitar errores y llevar un control más eficiente de tu negocio.
Las facturas exentas de IVA
En España existen dos conceptos distintos, pero relacionados, que conviene distinguir: las operaciones no sujetas al impuesto y las operaciones exentas. A efectos prácticos de facturación, esto determina, en el caso de que en la factura aparece el IVA, si se puede deducir o si la operación debe declararse en los modelos periódicos. A continuación, explicamos, según la Ley 37/1992 y la Agencia Tributaria, las situaciones más relevantes, cómo reflejarlas en la factura y cómo incluirlas en el modelo 303.
Operaciones que no están sujetas (art. 7 de la Ley 37/1992)
Cuando una operación no está sujeta significa que no entra en el ámbito objetivo del impuesto. Por tanto, no se considera entrega de bienes ni prestación de servicios a efectos de IVA. Entre estas figuras se incluyen:
- Transmisión de un conjunto de elementos materiales o inmateriales que, a pesar de considerarse patrimonio empresarial o profesional, constituyen una unidad económica autónoma. Por tanto, es susceptible de una explotación independiente. Es el caso, por ejemplo, de la venta de una franquicia completa, que incluye local, mobiliario, existencias y derechos de propiedad intelectual.
- La cesión de bienes en régimen de arrendamiento financiero o leasing, salvo que se trate de una operación asimilada a una entrega de bienes. El ejemplo más claro lo encuentras en el supuesto de alquiler de maquinaria industrial con opción de compra al final del contrato.
- Las operaciones que impliquen la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo realizada en favor de un solo adquirente. Eso sí, este ha de continuar el ejercicio de las mismas actividades empresariales o profesionales del transmitente. Es el supuesto de la venta de una empresa a otro empresario que continuará con la misma actividad.
En la práctica, debe indicarse en la factura que se trata de una operación no sujeta.
Otros ejemplos de operaciones no sujetas a IVA:
- La transmisión de un conjunto de elementos que supone el cierre de una actividad.
- Ciertas concesiones administrativas que no constituyen prestaciones de servicios sujetas.
Estos ejemplos de operaciones no sujetas a IVA ayudan a distinguirlas de las exenciones reguladas en la Ley.
Operaciones exentas (art. 20 y 21)
La Ley 37/1992 determina una serie de exenciones. Son exenciones jurídicas, es decir, la operación está dentro del ámbito del impuesto, pero la ley la deja sin repercutir. Entre las exenciones más habituales figuran: servicios médicos y hospitalarios, educación, seguros, operaciones financieras, actividades culturales y ciertas entregas vinculadas a servicios sociales.
Cuando emites una factura por estos servicios, se trata de una factura exenta de IVA y debes indicar en la factura la referencia normativa que justifica la exención. Por ejemplo, puedes utilizar la leyenda: “Exento de IVA, art. 20 Ley 37/1992”.
Para exportaciones y entregas intracomunitarias, la ley también contempla exenciones. Así, las exportaciones están exentas y las entregas intracomunitarias pueden estar exentas siempre que se cumplan los requisitos formales. Entre estos, figuran el NIF-IVA del cliente, transporte, pruebas documentales, etc. En estos casos se emite una factura intracomunitaria exenta de IVA y debe incluir la mención legal correspondiente y los datos identificativos del adquirente.
Ejemplo práctico
Un hospital que factura una intervención sanitaria emitirá una factura exenta de IVA (art. 20), e indicará la exención en la factura. Por tanto, en este ejemplo de factura exenta de IVA, deberá figurar: datos del emisor y receptor, descripción del servicio, importe sin IVA y la leyenda “Exento IVA, art. 20 Ley 37/1992”. Este ejemplo de factura exenta te sirve como modelo al confeccionar tu factura.
Canarias: IGIC y cómo diferenciar la factura exenta de IGIC
En Canarias, no se aplica el IVA sino el IGIC. Muchas operaciones que en la Península son exentas o sujetas, en Canarias tienen tratamiento propio. Cuando corresponda, se emitirá una factura exenta de IGIC o, en su caso, una factura con IGIC repercutido.
Para facturar correctamente en las Islas Canarias es útil contar con un modelo de factura exenta de IGIC que incluya la ley autonómica o la mención “Exento de IGIC según la norma aplicable“.
Si quieres plantillas, puedes preparar un modelo de factura exenta de IGIC para tus clientes canarios y otro documento con las menciones necesarias para tus clientes peninsulares. También es habitual tener un modelo de factura exenta de IGIC adaptado a operaciones internas de Canarias y otro para operaciones desde la península a Canarias, cuando proceda.
Obligaciones en el modelo 303: registro y declaración
Aunque una operación sea exenta o no sujeta, su tratamiento contable y fiscal varía:
- Las facturas exentas de IVA modelo 303: Las exenciones interiores normalmente no generan IVA repercutido, pero llenan apartados específicos del modelo 303 para indicar exenciones y bases no sujetas. No olvides la casilla correspondiente a operaciones exentas o no sujetas.
- Las facturas recibidas exentas de IVA modelo 303: Cuando un sujeto pasivo soporta facturas que están exenta, deberá reflejarlo adecuadamente en el modelo 303. En general, no tendrá derecho a deducción de IVA por dichas operaciones exentas.
Por tanto, es usual que las empresas y autónomos preparen listados donde separan “ventas sujetas” de “ventas exentas”. De este modo, anotan las facturas exentas de IVA modelo 303 cuando presentan la autoliquidación. De igual forma, llevan control de las facturas recibidas exentas de IVA modelo 303 para justificar las deducciones o la imposibilidad de deducir del periodo.
Consejos prácticos y comprobaciones antes de emitir la factura
Puedes seguir los siguientes tips:
- Determina si la operación está sujeta, no sujeta o exenta consultando los artículos 7, 20 y 21 de la Ley 37/1992.
- Añade en la factura la mención legal exacta: por ejemplo “Exento de IVA, art. 20 Ley 37/1992” u “Operación no sujeta, art. 7 Ley 37/1992”. Esto evita errores y facilita inspecciones.
- Si facturas a Canarias, usa un modelo de factura exenta de IGIC o marca la factura como factura exenta de IGIC cuando corresponda.
- Para ventas intracomunitarias, cumple los requisitos formales para emitir una factura intracomunitaria exenta de IVA. En otras palabras, incluye el NIF-IVA del cliente, documentación del transporte, etc.
Entender cuáles son las facturas exentas de IVA y diferenciarlas de las operaciones no sujetas es fundamental para llevar una contabilidad ordenada, cumplir con la Ley 37/1992 y evitar errores en el modelo 303. Identificar correctamente cada tipo de factura aporta seguridad fiscal y optimiza la gestión del negocio. Para facilitar este proceso, herramientas como Contasimple resultan de gran ayuda. Y es que permiten generar automáticamente modelos de factura exenta de IVA o de IGIC, gestionar de forma sencilla las facturas intracomunitarias y llevar un control claro de las operaciones ex