Cómo facturar servicios a una empresa extranjera
Publicado el 11 de febrero, 2021
8 min
En 2025, autónomos y empresas en España deben dominar el proceso de facturar servicios a una empresa extranjera, con las normas de IVA y adaptarse a la facturación electrónica obligatoria. Este procedimiento afecta tanto a clientes en la Unión Europea como en terceros países, diferenciando entre empresas, profesionales y particulares. La correcta gestión garantiza el cumplimiento con Hacienda, evita sanciones y facilita aprovechar oportunidades en mercados internacionales. De esta forma, te aseguras de que cada factura refleje la normativa vigente y ofreces una imagen profesional y fiable ante clientes extranjeros.
En un mundo cada vez más globalizado, son muchos los autónomos y empresas españolas que ofrecen sus servicios a clientes fuera de nuestras fronteras. Sin embargo, facturar servicios a una empresa extranjera no es tan sencillo como emitir una factura estándar. Y es que intervienen normativas fiscales nacionales, europeas e internacionales que determinan si corresponde o no aplicar IVA. Por otro lado, también regulan qué modelos deben presentarse y qué menciones legales deben figurar en la factura. Este artículo te guía paso a paso para entender cómo funciona la facturación para extranjeros. También trataremos qué trámites debes cumplir y cómo evitar errores que puedan generar sanciones o problemas con la Agencia Tributaria.
Conocer estas reglas te permite optimizar la gestión fiscal y dar una imagen profesional y fiable a tus clientes internacionales. Entender la facturación de servicios prestados en el exterior es clave para trabajar con seguridad y mantener tu contabilidad en regla. Por otro lado, podrás aprovechar las oportunidades de crecimiento en mercados extranjeros. En definitiva, este contenido te ofrece claridad y confianza para facturar al extranjero sin complicaciones, y cumplir con la normativa vigente en 2025.
¿Cuándo se considera que estás prestando servicios al exterior?
La expresión facturación de servicios prestados en el exterior implica que tú, desde España, prestas un servicio cuyo destinatario está fuera de España. Puede ser una empresa, un profesional o un particular. Sin embargo, no basta con que el destinatario esté fuera. La normativa del IVA, esto es, la Ley 37/1992, la normativa europea y los reglamentos fiscales, determina cómo se localiza la prestación de servicios y si le corresponde gravarse en España o no.
Para facturar servicios a una empresa extranjera, es clave determinar:
- Si el cliente está dentro de la Unión Europea o fuera de ella.
- Si el cliente es una empresa, profesional o un particular.
- La naturaleza del servicio prestado. Pueden ser servicios digitales, consultoría, formación, intermediación, etc.
- Si hay reglas específicas de inversión del sujeto pasivo u otras normas especiales.
IVA en las prestaciones de servicios internacionales
Analizamos las distintas casuísticas.
Servicios internacionales: régimen general
Según la Agencia Tributaria, las prestaciones de servicios en operaciones internacionales se rigen por las reglas de localización del IVA. En general:
- Si el destinatario es un empresario o profesional establecido en otro Estado de la UE, la operación puede estar exenta bajo el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, es decir, el cliente debe autoliquidar el IVA.
- Si el destinatario es un particular dentro de la UE, normalmente, la operación llevará IVA español. La excepción es que se trate de servicios electrónicos o digitales sujetos a mecanismos especiales de lugar de tributación.
- Si el destinatario, empresa o particular, está fuera de la Unión Europea, en la mayoría de casos la operación no lleva IVA. Y es que esto se considera exportación de servicios. Esto implica que muchas facturas de servicios al extranjero se emitan sin IVA repercutido.
¿Lleva IVA una factura a cliente extranjero?
En general, no. Si la operación es considerada exportación de servicios a un cliente ubicado fuera de la UE, la factura se emite sin IVA.
Pero debes tener cuidado. Y es que el hecho de que no lleve IVA no significa que no deba declararse ni aparecer en los modelos correspondientes del IVA. Aunque la operación esté exenta, debe incluirse en los modelos 303 y llevarse registro de operaciones intracomunitarias o extracomunitarias según proceda.
Inversión del sujeto pasivo
Para servicios entre profesionales o empresas dentro de la UE, se aplica con frecuencia la figura de la inversión del sujeto pasivo: tú como proveedor no repercutes el IVA, y es tu cliente quien lo autoliquida en su país (su país de establecimiento).
Excepciones y especialidades
Existen servicios para los cuales la normativa establece reglas específicas. Es el caso de los servicios de telecomunicaciones, servicios digitales, cesión de derechos de autor o servicios relacionados con bienes inmuebles. En esos casos, puede aplicarse el IVA del país del destinatario o reglas de ventanilla única u OSS.
Por ejemplo, si prestas servicios digitales a particulares en otro país de la UE, puedes estar obligado a declarar IVA en ese país bajo el sistema OSS. Por tanto, siempre conviene revisar la normativa específica del servicio en cuestión y del país destino.
¿Qué debe incluir una factura de servicios a empresa extranjera?
Cuando emites una factura por servicios profesionales al extranjero o, en general, una factura por servicios al exterior, debes incluir los elementos habituales de cualquier factura en España. Además, has de añadir algunas menciones adicionales si la operación está exenta o sujeta a inversión del sujeto pasivo. Entre los contenidos obligatorios destacan:
- Datos del emisor: Nombre o razón social, NIF, dirección, etc.
- Datos del cliente: Nombre de la empresa, NIF, IVA si aplica o identificador fiscal, dirección, etc.
- Fecha de emisión y número correlativo de la factura.
- Descripción del servicio prestado, con desglose claro del concepto, unidades, precio unitario y base imponible.
- Tipo impositivo aplicable si lo hay: En muchos casos, será “exento de IVA” o “inversión del sujeto pasivo”.
- Mención normativa aplicable: Por ejemplo, “Operación exenta de IVA – artículo 21 Ley 37/1992” o “Inversión del sujeto pasivo – artículo 84.1.3.º del Reglamento del IVA” si procede.
- Total a pagar.
- Forma de pago, plazos y condiciones.
Adicionalmente, cuando vayas a emitir una factura electrónica al extranjero, puedes usar los mismos requisitos técnicos que cualquier factura electrónica. Eso sí, el formato siempre ha de cumplir los requisitos legales de legibilidad, integridad, trazabilidad. Es importante que el software o sistema que uses permita emitir facturas válidas internacionalmente.
Obligaciones y trámites administrativos
Te hablamos de los más importantes.
Alta en el ROI para obtener NIF-IVA intracomunitario
Si vas a facturar al extranjero dentro de la Unión Europea como empresario o profesional, debes darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para obtener un NIF-IVA intracomunitario. Ese número debe aparecer en tus facturas y permitirá que las operaciones entre empresas con NIF-IVA válido queden exentas de IVA bajo inversión del sujeto pasivo.
Modelos informativos y declaraciones del IVA
Son los siguientes:
- Modelo 303 (liquidación de IVA): Aunque muchas operaciones con el exterior estén exentas, debes incluirlas debidamente en la declaración del 303.
- Modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias): Si realizas operaciones intracomunitarias de servicios o de otros tipos, debes informarlas en el 349.
- Otros modelos o declaraciones pueden aplicarse si estás fuera del área del IVA o eres empresa no residente.
Facturación electrónica obligatoria
A partir de 2025, la facturación electrónica dejará de ser opcional. De hecho, será obligatoria para todos los autónomos y empresas en España, de acuerdo con la normativa derivada de la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Esto implica que si estás emitiendo facturas internacionales, también debes utilizar sistemas de facturación electrónica reconocidos que cumplan los requisitos legales. Estos son los de integridad, conservación y accesibilidad.
Conservación y validez legal
Las facturas, incluidas las emitidas a clientes extranjeros, deben conservarse durante el plazo legal y estar disponibles para la Administración tributaria si se requieren. Salvo excepciones, para la administración fiscal este plazo es de 4 años. Además, los sistemas de facturación deben garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
Retenciones, IRPF y particular extranjero
Cuando prestas servicios como autónomo en España a una empresa extranjera, normalmente, no aplicas retención de IRPF en la factura si el destinatario no está en España. La excepción es que haya un establecimiento permanente en el país o un régimen especial aplicable.
Si el cliente es español, sí se aplica retención. Sin embargo, cuando se trata de facturar como autónomo al extranjero, no suele aplicarse la retención en la mayoría de casos.
Facturar a un particular extranjero
Si tu cliente es un particular extranjero de fuera de la UE, la factura generalmente se emite sin IVA, salvo que haya reglas especiales para servicios digitales.
Por su parte, si el particular está dentro de la UE, puede corresponder aplicar IVA español o el IVA del país de destino si aplica el mecanismo especial. Por eso, es importante distinguir si estás facturando a clientes extranjeros que son empresas o particulares.
Algunas recomendaciones prácticas y riesgos a evitar
Lo más relevante que debes tener en cuenta, te lo resumimos en los siguientes puntos:
- Verifica que el cliente extranjero tiene un número fiscal válido, por ejemplo, NIF-IVA en la UE cuando sea una empresa.
- Incluye siempre en la factura la mención legal correspondiente: “Operación exenta de IVA conforme al artículo 21 de la Ley 37/1992” u otra que proceda.
- Conserva documentos justificativos de que el servicio se ha prestado efectivamente: contratos, correspondencia, informes, entregas, etc.
- Asegúrate de que tu software de facturación soporta facturas electrónicas internacionales válidas y cumple la normativa de integridad y conservación.
- Consulta los convenios para evitar la doble imposición que España tenga con el país del cliente en relación con la retención de impuestos sobre servicios transfronterizos.
- Si cambian las reglas del IVA, por ejemplo, nuevas directivas europeas, mantente actualizado.
Facturar servicios a una empresa extranjera exige conocer bien la normativa del IVA. Además, es fundamental que identifiques correctamente el tipo de cliente, esto es, si es empresa, profesional o particular, y cumplir con las obligaciones informativas y de conservación de documentos. Aunque en muchos casos no se repercute el IVA, la operación debe registrarse y declararse de forma adecuada, y evitar riesgos fiscales. Para simplificar este proceso y asegurarte de que cada factura cumple los requisitos legales, herramientas como Contasimple resultan de gran ayuda. Este software automatiza la gestión de facturas, calcula impuestos, permite emitir factura electrónica a extranjeros y mantiene tus obligaciones fiscales siempre al día. De este modo, te permite centrarte