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¿Cómo facturar sin ser autónomo?

Publicado el 19 de mayo, 2022

8 min

Facturar sin ser autónomo significa emitir facturas por trabajos puntuales sin estar dado de alta en el RETA. Pueden hacerlo personas que realizan actividades ocasionales y cuyos ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional, siempre que cumplan las obligaciones fiscales ante Hacienda. Está regulado por la normativa española y el Estatuto del Trabajo Autónomo, que establecen la habitualidad como criterio determinante, aunque no tenga una definición precisa.

En la actualidad, muchas personas buscan alternativas para realizar trabajos esporádicos o colaboraciones puntuales sin tener que asumir las cargas económicas que implica darse de alta como autónomo. Este artículo aborda de forma clara y actualizada cómo facturar sin ser autónomo. Se trata de una práctica cada vez más frecuente entre profesionales, estudiantes y particulares que quieren cumplir con la ley sin comprometer su rentabilidad. Te proporcionamos información precisa sobre los requisitos, límites legales, obligaciones fiscales y riesgos asociados. Todo ello explicado apoyándonos en la normativa vigente y en criterios reconocidos por la Seguridad Social y Hacienda.

Comprender cuándo y cómo se puede facturar sin ser autónomo es esencial para evitar sanciones y gestionar correctamente los ingresos derivados de actividades ocasionales. Conocer el marco legal te permitirá actuar con seguridad, aprovechar oportunidades profesionales y prevenir errores comunes que pueden derivar en multas o recargos. En definitiva, este contenido te servirá como una guía práctica para emitir facturas legalmente sin estar dado de alta en el RETA. Eso sí, siempre que tu actividad cumpla con las condiciones que la ley y la jurisprudencia consideran válidas.

¿Se puede facturar sin ser autónomo?

Muchas personas se plantean: ¿puedo facturar sin ser autónomo? La respuesta es “sí, con condiciones”. Facturar en sí mismo no implica automáticamente que debas darte de alta como autónomo en la Seguridad Social.

Sin embargo, hay criterios que delimitan cuándo esa facturación será aceptable frente a Hacienda y a la Tesorería de la Seguridad Social. La idea clave es que la actividad que da lugar a facturas debe ser ocasional, no habitual y con ingresos moderados.

¿Qué significa “hacer factura sin ser autónomo”?

Cuando hablamos de hacer factura sin ser autónomo, nos referimos a emitir documentos de facturación por trabajos que has realizado como persona física, sin estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Eso sí, aunque no estés en el RETA, tendrás obligaciones fiscales, como declarar ingresos, IVA o IRPF si aplican. Para hacerlo, debes estar dado de alta ante Hacienda con el fin de ejercer esa actividad económica. En estos casos, hablamos de facturar como persona física sin ser autónomo, cumpliendo con las obligaciones fiscales básicas ante Hacienda

Por tanto, puedo emitir una factura sin ser autónomo, siempre que se cumplan ciertos requisitos que garanticen que esa actividad no se considera continua en el tiempo.

Requisitos básicos para facturar sin ser autónomo

Para que la opción de facturar sin ser autónomo sea legal y segura, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  1. Alta en Hacienda en el censo de empresarios/profesionales: Aunque no te des de alta en la Seguridad Social, puedo facturar sin ser autónomo solo si estás dado de alta en Hacienda mediante el modelo 036 (o modelo equivalente que habilita tu actividad profesional). Esto te permite emitir facturas con tus datos fiscales.
  2. Actividad ocasional, no habitual: La actividad que origina la factura no debe repetirse sistemáticamente ni constituir tu forma de vida principal. Es decir, facturar un trabajo puntual sin ser autónomo es admisible, pero hacerlo de modo continuo puede obligarte a regularizar. La Seguridad Social y la Inspección valoran la frecuencia y duración para determinar si existe habitualidad.
  3. Ingresos moderados: Aunque no hay una ley que fije un mínimo para facturar sin ser autónomo, existe un criterio de referencia. Y es el de no superar lo que equivale al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si tus ingresos anuales por esas actividades superan el SMI, podría considerarse que tu actividad es habitual y exigirte darte de alta en el RETA. Así pues, un límite para facturar sin ser autónomo realista es no exceder el SMI anual. En algunas fuentes se menciona que ese límite ronda los 14.000 € brutos anuales o, aproximadamente, 1.000 €/mes como referencia práctica. Sin embargo, otras fuentes alertan que no hay un fijo legal que determine el momento automático en que hay que ser autónomo: el criterio de la habitualidad es clave.
  4. Que no seas considerado un falso autónomo: Si facturas siempre para el mismo cliente, con horarios impuestos o medios dependientes de él, podrías ser considerado como trabajador por cuenta ajena, o bien, que ejerces una actividad habitual y encubierta. Esto rompe la posibilidad de facturar como persona física sin ser autónomo y puede llevar a sanciones.
  5. Obligaciones fiscales cumplidas: Aunque no esté en el RETA, puedo hacer una factura sin ser autónomo, si cumplo con mis obligaciones fiscales. Esto es, declaro el IVA, el IRPF, hago declaraciones informativas, etc. Además, si te exigen factura, Hacienda obliga a que se expida factura, incluso si eres ocasional.

¿Cuánto se puede facturar sin ser autónomo desde el punto de vista legal?

Una de las dudas más frecuentes es hasta cuánto se puede facturar sin ser autónomo y la respuesta depende de la habitualidad de la actividad y del nivel de ingresos. A la hora de determinar el límite para facturar sin ser autónomo, es importante tener en cuenta que la ley no fija una cifra exacta. Esto es, no existe un umbral cuantitativo fijo y claro que determine automáticamente la obligación de darse de alta en el RETA.

  1. Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo: Define al trabajador autónomo como aquella persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo. Pero no concreta una cifra de ingresos ni número de operaciones que definan la habitualidad.
  2. Reglamentos del RETA y normativa de la Seguridad Social: En los reglamentos del RETA tampoco se fija un importe mínimo ni máximo que obligue a dar el alta como autónomo. El criterio que señala es el carácter habitual de la actividad. De hecho, la normativa contempla una excepción a la obligación de alta y cotización en el RETA cuando no concurran esas condiciones de habitualidad.
  3. Jurisprudencia y criterios interpretativos: el criterio del Salario Mínimo Interprofesional. Aunque no existe un mínimo para facturar sin ser autónomo, el Salario Mínimo Interprofesional se toma como referencia orientativa. Si los ingresos de la actividad superan el SMI, se presume que puede tratarse de una actividad con carácter habitual, lo que justificaría el alta en el RETA. Pero esa presunción admite prueba en contrario. Y es que alguien puede demostrar que su actividad, aunque exceda ese importe, no es habitual.

El concepto de habitualidad como criterio jurídico indeterminado

La habitualidad es un concepto jurídico abierto. Esto es, no hay una definición exacta que informe de su frecuencia ni del límite de operaciones. La interpretación se hace caso por caso, valorando factores como número de facturas, recurrencia, ingresos totales, dedicación, dependencia de un cliente, estructura organizativa, etc.

En algunos casos, la normativa prevé que se presume que una persona debe estar en el RETA si cumple determinadas condiciones. Por ejemplo, imagina que posee un establecimiento abierto al público. En estos casos, es la persona interesada quien debe demostrar lo contrario.

La cuestión es que si tus ingresos superan el SMI y tu actividad se repite con cierta frecuencia, la Seguridad Social podría exigir el alta en el RETA con carácter retroactivo.

Riesgos y sanciones de facturar inapropiadamente sin ser autónomo

Emitir facturas cuando deberías estar dado de alta como autónomo conlleva una serie de riesgos:

  • Multas y sanciones: Hay sanciones que oscilan entre 300 € y 3.000 € por ejercer actividad sin alta en el RETA. Además, hay que sumar, con carácter retroactivo, las cuotas con recargos.
  • Alta automática de oficio: La Seguridad Social puede tramitar tu alta en el RETA retroactivamente y exigirte el pago de las cuotas atrasadas más recargos. Generalmente, supone el 20 % de recargo.
  • Pérdida de prestaciones: Si estás cobrando prestaciones como el paro y se detecta que has estado facturando sin ser autónomo cuando debías estar dado de alta, puedes perder esas ayudas.
  • Rechazo de deducciones o cuestionamiento fiscal: Hacienda puede rechazar gastos o deducciones si considera que la actividad no tiene respaldo legal.
  • Conflictos por encubrimiento laboral: Si te consideran falso autónomo, puede haber sanciones laborales, reclamaciones del cliente, etc.

Por tanto, se puede emitir factura sin ser autónomo, pero hacerlo fuera de los criterios aceptados puede generar sanciones notables.

Pasos concretos para emitir una factura sin ser autónomo

Si cumples los requisitos, estos son los pasos básicos para emitir una factura sin ser autónomo:

  1. Darte de alta en Hacienda (modelo 036) como profesional o empresario, declarando la actividad que vas a ejercer.
  2. Emitir la factura con todos los datos fiscales: Ha de incluir tus datos, datos del cliente, descripción del servicio, base imponible, IVA si aplica, retención de IRPF si aplica.
  3. Presentar los modelos fiscales correspondientes: Se trata de los modelos 303 y el resumen anual del IVA, las de retenciones del IRPF y la declaración de la renta.
  4. Conservar los justificantes y facturas
  5. Una vez que la actividad ha terminado o ya no vas a emitir más facturas, darte de baja en Hacienda del censo profesional.

Estos pasos te ayudarán a hacer factura sin ser autónomo de forma correcta y conforme a la normativa.

Algunos supuestos de uso y ejemplos

Te proponemos los siguientes supuestos:

  • Imagina que haces un trabajo puntual para un cliente, por ejemplo, una traducción o un diseño por 300 € y no vas a repetirlo regularmente. En este caso, puedes emitir una factura sin estar dado de alta como autónomo.
  • Supongamos que sí realizas varias facturas al año, aunque todas ellas suman menos del SMI anual y la actividad no es continua. Con este ejemplo, también puedo facturar sin ser autónomo con relativa seguridad.
  • Si esa actividad genera ingresos constantes mes tras mes y representa tu medio principal de vida, difícilmente se aceptará que se puede facturar sin ser autónomo en ese contexto.

Facturar sin ser autónomo es legal siempre que la actividad sea puntual, los ingresos no superen el SMI y se cumplan las obligaciones fiscales ante Hacienda. Así, evitas sanciones o la obligación de darte de alta en el RETA. La clave está en demostrar que no existe habitualidad ni dependencia económica de un cliente concreto. En este contexto, Contasimple puede ser un gran aliado. Y es que permite emitir y gestionar facturas de forma sencilla, calcular impuestos automáticamente y generar los modelos oficiales de IVA e IRPF. De este modo, te ayuda a mantener tus finanzas y obligaciones fiscales al día de manera profesional, incluso, si realizas trabajos esporádicos y quieres hacerlo todo dentro del marco legal.

 

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