Los impuestos de los autónomos
Publicado el 10 de septiembre, 2020
6 min
En 2025, los autónomos en España deben presentar distintos tributos como el IVA, el IRPF y el impuesto de actividades económicas para autónomos, cada uno con modelos y plazos específicos fijados por la Agencia Tributaria. Estos impuestos de autónomos, regulados por ley, afectan a cualquier profesional que ejerza una actividad económica y se liquidan de forma trimestral o anual, según corresponda. Conocer los impuestos que paga un autónomo, cuándo y cómo declararlos es esencial para cumplir con la normativa, evitar sanciones y gestionar con éxito la actividad profesional.
Emprender como trabajador por cuenta propia en España implica gestionar un negocio o una actividad profesional y también cumplir con una serie de obligaciones fiscales que pueden resultar complejas si no se conocen bien. En este post encontrarás un repaso completo y actualizado de todos los impuestos de autónomos en 2025, los modelos oficiales que deben presentarse ante la Agencia Tributaria, así como los plazos y normativas que los regulan. El objetivo es ofrecer una guía clara y estructurada para que cualquier autónomo pueda orientarse con seguridad en su calendario fiscal.
Conocer los impuestos que paga un autónomo y cómo cumplir correctamente con ellos es fundamental para evitar sanciones, planificar mejor la tesorería y tomar decisiones informadas en el día a día del negocio. Además, entender la importancia del impuesto de actividades económicas para autónomos, el funcionamiento del IVA o el IRPF nuevo para autónomos, ayuda a optimizar la gestión de la actividad. Este contenido supone un recurso práctico para mejorar la organización y garantizar el cumplimiento legal de tus obligaciones fiscales.
Impuestos estatales principales
Mencionamos los impuestos que más afectan a los autónomos en nuestro país.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
El IVA es uno de los impuestos trimestrales de autónomos más habituales. Y es que, prácticamente, todas las actividades económicas están sujetas a este tributo salvo aquellas expresamente exentas. Entre ellas, destacamos la formación reglada, determinados servicios médicos, seguros, etc. Su regulación principal está en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y su desarrollo reglamentario en el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del IVA.
En cuanto a los modelos de la Agencia Tributaria que hay que presentar, son dos:
- Modelo 303: Es la autoliquidación trimestral del IVA. Sirve para declarar la diferencia entre el IVA repercutido a los clientes (facturas emitidas) y el IVA soportado en gastos deducibles (facturas recibidas). Debes presentarlo entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres. En el cuarto trimestre, el plazo se extiende hasta el 30 de enero del año siguiente. Si se domicilia el pago en cuenta bancaria, el plazo suele acortarse hasta el día 15 del mes correspondiente.
- Modelo 390: Es el resumen anual del IVA. Es un modelo informativo que recoge de forma agregada todas las operaciones declaradas en los modelos 303 durante el año natural. Se presenta del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio declarado. No obstante, existen algunos supuestos de exoneración de este modelo. Afecta a determinados colectivos de autónomos que solo declaran IVA en régimen simplificado o que cumplen condiciones específicas, pero en la mayoría de los casos debe presentarse.
En el supuesto de no presentar los modelos dentro de los plazos fijados en la normativa, se aplican sanciones e intereses de demora según lo previsto en la Ley General Tributaria o Ley 58/2003, de 17 de diciembre.
Por otro lado, es importante tener claro que el IVA no es un gasto propio del autónomo. En realidad, actúa como recaudador de Hacienda. Esto es, cobra el impuesto a los clientes y lo ingresa después en la Agencia tributaria. Antes de hacerlo, se descuenta el IVA que él mismo ha debido pagar en sus compras profesionales.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
El IRPF es uno de los impuestos que paga un autónomo más importante, ya que grava los beneficios obtenidos por su actividad. Su normativa básica está recogida en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, y en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el Reglamento del Impuesto.
La forma en la que los autónomos pagan impuestos en el IRPF depende del régimen de estimación que les corresponda o hayan elegido:
- Estimación directa simplificada: Es la más común y se utiliza cuando los ingresos anuales no superan los 600.000 euros.
- Estimación directa normal: Se usa cuando los ingresos superan los 600.000 euros.
- Estimación objetiva o módulos: Se aplica solo a determinadas actividades con ciertos límites y bajo ciertos requisitos.
En cuanto a los modelos que hay que presentar a la Agencia Tributaria:
- Modelo 130: Pago fraccionado en estimación directa. Lo presentan los autónomos que calculan su beneficio como diferencia entre ingresos y gastos. Se ingresa a cuenta del IRPF el 20 % del rendimiento neto acumulado en el trimestre una vez que restas las retenciones ya soportadas. El plazo para hacerlo es del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres y hasta el 30 de enero del año siguiente para el cuarto. Si lo domicilias, el límite suele ser el día 15.
- Modelo 131: Pago fraccionado en estimación objetiva o módulos. No se tienen en cuenta los ingresos y gastos reales, sino unos parámetros objetivos. Por ejemplo: metros del local, número de empleados, consumo eléctrico, etc. El importe a ingresar está predeterminado por tablas fijadas en la Orden Ministerial que cada año actualiza el sistema de módulos. Los plazos son los mismos que los del modelo 130.
- Modelo 100: Declaración anual de la Renta. Es obligatorio para todos los autónomos desde 2024, incluso, si no han tenido ingresos o han tenido pérdidas. En ella, se regulariza el IRPF, restando los pagos fraccionados ya realizados y las retenciones soportadas. El plazo para presentarlo suele abrirse a comienzos de abril y cerrarse a finales de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Por ejemplo, la declaración de 2024 se presenta en la campaña de Renta 2025 (abril-junio).
En cuanto a las retenciones, los modelos que debes presentar son los siguientes:
- Modelo 111: Retenciones practicadas a profesionales, trabajadores o empresarios. Se presenta trimestralmente.
- Modelo 115: Retenciones sobre alquileres de locales. También trimestral.
- Modelos 190 y 180: Resúmenes anuales de las retenciones anteriores.
El IRPF nuevo para autónomos implica que todos deben declarar, sin importar ingresos. Su objetivo es alinear los datos con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos. La Agencia Tributaria puede aplicar recargos y sanciones si los modelos no se presentan en plazo, según lo previsto en la Ley General Tributaria.
Impuesto de actividades económicas (IAE)
Se trata del impuesto que grava el desarrollo de actividades económicas: empresariales, profesionales o artísticas. Al darte de alta como autónomo, debes indicar el epígrafe IAE que corresponde mediante el modelo censal 036. Eso sí, la mayoría está exenta de pagar el impuesto de actividades económicas para autónomos si su cifra de negocios neta es inferior a 1.000.000 €. Si se debe pagar, se utiliza el modelo 840 u ocasionalmente el 848 para comunicar variaciones relativas al importe de la cifra de negocios.
Otros modelos informativos estatales
Aunque no son impuestos propiamente dichos, sí puedes quedar obligado a presentar estas declaraciones:
- Modelo 349: Operaciones intracomunitarias declarativas.
- Modelo 347: Declaración informativa de operaciones con terceros cuando superen ciertos importes.
Impuestos locales y autonómicos
Además de los estatales, los autónomos pagan impuestos también a nivel autonómico y local, que dependen mucho del lugar:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Si tienes un local que es propiedad tuya.
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM): Si usas un vehículo a tu nombre para la actividad.
- Tasas municipales: Licencia de apertura de local, licencia urbanística, basuras, alcantarillado, etc.
Estar al día con los impuestos de autónomos es clave para evitar sanciones y llevar una gestión financiera ordenada. Sin embargo, la cantidad de modelos, plazos y normativas puede resultar abrumadora. Herramientas como Contasimple facilitan enormemente esta tarea, ya que permiten generar facturas con el IVA correcto, calcular automáticamente los impuestos trimestrales y anuales, y preparar los modelos oficiales listos para presentar a la Agencia Tributaria. De esta manera, puedes centrarte en hacer crecer su negocio con la tranquilidad de que cumples puntualmente con todas tus obligaciones fiscales.